GENSOLAR
Administradora de Activos Energéticos
Agendar llamada

Cómo funciona

El modelo Gensolar, explicado sin tecnicismos.

¿Cómo es que el dinero llega al inversionista todos los meses sin involucrarlo en la operación? La respuesta cabe en cuatro piezas: un inversionista, Gensolar, un consumidor de energía y un contrato civil que conecta a los tres.

Paso 1 — Quién es quién

Los tres actores del modelo

Actor 1

El inversionista

Persona física o jurídica que aporta el capital. Firma el Contrato de Mutuo con Gensolar y recibe la garantía prendaria sobre el sistema fotovoltaico.

Puede ser un empresario que invierte para su propia empresa, un propietario de predio rentado, o un inversionista con excedente sin predio ni empresa.

Actor 2

Gensolar

Administradora de Activos Energéticos del Grupo Empresarial CIAE. Recibe el capital, adquiere el equipo vía PSE, lo instala, vende la energía al consumidor final y distribuye el flujo al inversionista.

Cobra una gestión operativa estimada en 15% del flujo. El resto, ~85%, va al inversionista.

Actor 3

El consumidor

Quien consume la energía solar generada. Puede ser la empresa del propio inversionista (perfil A), el inquilino del predio (perfil B), o una empresa anfitriona conectada por Gensolar (perfil C).

Le paga a Gensolar la energía solar con descuento vs CFE. Su contraparte comercial es Gensolar, no el inversionista.

Paso 2 — Cómo se mueve el dinero

El flujo, paso a paso

  1. A

    El inversionista presta capital a Gensolar

    Se firma el Contrato de Mutuo por el monto invertido. El instrumento es bilateral y de derecho civil — no es oferta pública de valores. El activo físico futuro queda en garantía prendaria a favor del inversionista.

  2. B

    Gensolar adquiere el equipo vía PSE e instala

    PSE — instalador del grupo, 16 años en el sector y Centro de Servicio GOODWE — diseña el sistema y lo instala con paneles tier 1 e inversores con garantía 25 años. Si el proyecto requiere obra eléctrica industrial, entra IED. El sistema queda identificable y documentado.

  3. C

    Gensolar cobra al consumidor y reparte

    Mes a mes Gensolar le vende energía solar al consumidor con descuento vs CFE. Del cobro recibido, aproximadamente 85% se distribuye al inversionista y 15% lo retiene Gensolar por gestión operativa (cobranza, reporte, supervisión, intermediación con LIMSON).

  4. D

    LIMSON mantiene; usted recibe reporte

    LIMSON ejecuta la limpieza con agua desionizada y el mantenimiento preventivo bajo póliza RC contratista. Cada mes el inversionista recibe reporte de generación en kWh, cobranza al consumidor y flujo distribuido — vía correo en V1, vía portal en V3.

Paso 3 — Por qué no compra los paneles directamente

Contrato de Mutuo vs compra directa

Dos rutas posibles para invertir en solar. Esto es lo que cambia.

Contrato de Mutuo con Gensolar Compra directa de paneles
Tratamiento fiscal Sin ISR durante la recuperación del capital prestado (Art. 77-A LISR) Deducción acelerada para empresas con Art. 34 LISR, pero ISR ordinario sobre flujos
Gestión operativa Cero — Gensolar opera, cobra y reporta Suya — debe contratar instalador, mantenedor y monitorear
Cobranza al consumidor Responsabilidad de Gensolar (cuando aplica perfil B o C) No aplica — solo consume usted mismo
Mantenimiento LIMSON, agua desionizada, póliza RC, sin costo adicional para el inversionista Por su cuenta o contrato separado
Garantía sobre el activo Prendaria, inscrita en RUG a su favor Propiedad directa, sin necesidad de prenda (es suya)
Acceso a economías del grupo Sí — PSE, LIMSON, IED, Centro de Servicio GOODWE Variable — depende del proveedor que contrate

Paso 4 — Por qué esta estructura y no otra

¿Por qué no joint venture ni fideicomiso?

Desson Legal estructuró Gensolar como Contrato de Mutuo con Garantía Prendaria después de evaluar las alternativas. Estas son las razones del descarte.

Simplicidad civil

El mutuo es figura del Código Civil Federal (Art. 2384-2397). Dos partes, un contrato, una garantía. Joint venture implica sociedad mercantil con gobierno corporativo, asambleas y disolución compleja. Fideicomiso requiere fiduciario, honorarios y reporte fiscal propio.

Certeza fiscal

Bajo el mutuo, los recursos prestados no son ingreso acumulable para Gensolar y los retornos al inversionista no causan ISR durante la recuperación del capital. JV y fideicomiso abren ambigüedades de calificación fiscal que aumentan riesgo de reclasificación SAT.

Menor exposición regulatoria

El mutuo bilateral no es oferta pública de valores. No requiere CNBV, no requiere registro nacional. Vehículos colectivos como fondos o fideicomisos de inversión pueden quedar bajo regulación AMAFORE/CNBV según estructura.

Aclaración

Lo que está a su nombre, y lo que no.

A su nombre
  • · El sistema fotovoltaico físico —paneles, inversores, estructura— en garantía prendaria.
  • · Inscripción ante el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG).
  • · Reportes mensuales de generación, cobranza y flujo recibido.
  • · Acción directa sobre el activo físico en caso extremo de incumplimiento de Gensolar.
No a su nombre — y mejor así
  • · Los contratos comerciales con consumidores. Los firma Gensolar.
  • · La cobranza mensual y la facturación CFDI al consumidor.
  • · La gestión operativa diaria, atención a incidencias y monitoreo.
  • · El contrato de mantenimiento con LIMSON.

Esta separación es deliberada. Mantener al inversionista fuera de la operación comercial preserva el tratamiento fiscal del mutuo y evita confusión sobre quién es el contraparte frente al consumidor final.